CIUDAD DE MÉXICO, 26 de marzo (EDT).— Recientemente se informó que, de acuerdo con modificaciones en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, a partir de abril los usuarios de bicicletas y scooters podrían circular sobre las banquetas. Pero ahora resulta que siempre no.
A través de un comunicado, la Secretaría de Movilidad (Semovi) se dedicó a aclarar que los cambios en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México no permitirán usar las bicicletas, scooters, vehículos eléctricos ni recreativos sobre las banquetas.
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1) La reciente modificación del reglamento de tránsito tuvo como objetivo delimitar y aclarar que patines eléctricos y bicicletas no deben usar las banquetas, sino el arroyo vehicular.
— Andrés Lajous (@andreslajous) March 24, 2019
De acuerdo con la dependencia, se cometió un error involuntario en la redacción del nuevo reglamento, que permitía interpretar que ciertos vehículos podrían usarse sobre las baquetas, pero, como todavía no se ha publicado el nuevo reglamento, se pudo enmendar antes de que se volviera legal.
“En las modificaciones publicadas el pasado 19 de marzo, se cometió un error involuntario al incluir a los vehículos de pedaleo asistido o con motor entre los modos autorizados para circular en el espacio peatonal. Para subsanar este error, y así evitar cualquier ambigüedad en la interpretación, la Secretaría de Movilidad propondrá una redacción más explícita dentro del Reglamento de Tránsito”, apuntó Semovi.
2) Sin embargo, ante la ambigüedad identificada por varias personas en la redacción final, he dado instrucciones a la Subsecretaría de Planeación de la @CDMX_Semovi para que corrija el error que se cometió y proponga una redacción que refleje el objetivo establecido.
— Andrés Lajous (@andreslajous) March 24, 2019
Previamente, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, aclaró que su administración no tiene la intención de autorizar que scooters y bicicletas circulen en banquetas, por lo que se publicará una fe de erratas del nuevo reglamento de tránsito para hacer la aclaración correspondiente.
De esta manera, los conductores de transportes no motorizados tienen, entre otras, las siguientes prohibiciones: circular sobre las aceras y áreas reservadas para el uso exclusivo de peatones, con excepción de menores de 12 años y elementos de seguridad pública.
Tampoco podrán circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros, excepto cuando estos cuenten con una señal horizontal y vertical que así lo indique y detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones.
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Buscamos la sana convivencia en la vía, basada en reglas claras que garanticen la circulación segura y libre de obstáculos para los peatones: niñas, niños, personas de la 3a edad, con discapacidad o movilidad limitada.
Una nota sobre reciente modificación al #ReglamentoDeTránsito pic.twitter.com/QP0Fpi4nI0— Secretaría de Movilidad CDMX (@LaSEMOVI) March 25, 2019
En las nuevas correcciones se establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otros dispositivos de apoyo a personas con discapacidad o movilidad limitada que no sobrepasen los 10 km/h.
“De esta manera, se promoverá una cultura de adecuada convivencia entre los distintos usuarios de la vía, con base en reglas claras que garanticen la circulación segura y libre de obstáculos para todos los peatones en la banqueta: niñas, niños, personas de la tercera edad, con movilidad limitada o con discapacidad”, indicó Semovi.
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EDT/dsc