CIUDAD DE MÉXICO, 9 de julio (EDT).— Desde este miércoles 10 de julio, queda prohibido realizar tatuajes, perforaciones y micropigmentación, así como la venta de bebidas embriagantes, medicamentos y de teléfonos celulares dentro de tianguis, bazares y otros puestos de abasto popular de la Ciudad de México.
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En la Gaceta Oficial se publicó los Lineamientos de Operación de Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares y Complementarios en la Ciudad de México, en donde el Gobierno capitalino explicó que el propósito es establecer los mecanismos en materia de abasto, horarios de funcionamiento, áreas comunes, giros y atribuciones de estos puntos de comercio público.
El comercio que incumpla con estas disposiciones será objeto de una recomendación, de una amonestación o sanción mediante labor social, suspensión temporal o cancelación del permiso de operación.
Hoy en Gaceta Oficial: lineamientos de operación de mercados móviles: tianguis, bazares y complementarios, en los que se prohibe venta de celulares; reglas de participación en Expoventa Fiesta de las Culturas Indígenas, Pueblos y Barrios Originarios. https://t.co/qiPPGhs3NA pic.twitter.com/SFeaoe6phP
— ConsejeríaCDMX (@CDMXConsejeria) July 9, 2019
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“La falta de una regulación específica acerca de las condiciones y operación de este tipo de abasto ha originado que las autoridades administrativas actúen de forma arbitraría y discrecional, sin atender la finalidad del interés social, propiciando el incremento desmedido de la población dedicada a esa actividad y la invasión de áreas en que la misma se encuentre prohibida por razones de seguridad pública e interés social”, se indica en los lineamientos.
Lo que sí está permitido vender se encuentran: abarrotes, aguas frescas de frutas, alimentos preparados, artículos de higiene personal, accesorios de telefonía celular, carnicería, electrónicos, frutería, herbolaria, panadería y pastelería, pescado y marisco, pollería, ropa, tortillería y verdulería, entre otros.
El horario para la operación de los tianguis será de 08:00 a 19:00 horas, y se podrá ampliar a petición de la asociación civil a la alcaldía 15 días hábiles anteriores a la fecha requerida, siempre y cuando se responda a las exigencias de la demanda en determinadas fechas festivas.
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EDt/dsc