CIUDAD DE MÉXICO, 8 de agosto, (EDT).— ¿Sabías que si una mujer queda embarazada por una violación, tiene derecho a abortar? De acuerdo con la NOM 046, en México, no es necesario que la mujer denuncie la agresión, solo tiene que expresar su decisión de abortar por escrito.
Y aunque ahora se está discutiendo el tema de la NOM 046 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las mujeres mexicanas contamos con este derecho desde 2016, cuando se publicó la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
Lo que sucede es que recientemente el poder Ejecutivo de Baja California y el Legislativo de Aguascalientes argumentaron que no se siguieron los procesos establecidos al crearla.
En la discusión, ocho ministros votaron por desechar los proyectos que invalidarían la NOM-046. Como la mayoría están de acuerdo con que las mujeres y niñas mexicanas accedan al aborto en caso de violación, se va a redactar otro proyecto en el que esto quede claro. Y por el momento, no hay ningún peligro de que se revoque.
¿De qué va esa norma?
Si nunca habías escuchado hablar de esta norma, tienes qué saber que las mujeres estamos en nuestro derecho de pedir que se nos practique un aborto en caso de quedar embarazadas como resultado de una violación.
1) Tienes derecho a acudir a cualquier centro de salud pública, pues la SCJN acaba de ordenar que estas instituciones tiene que atender a las mujeres víctimas de violencia sexual, hacer una batería de estudios para descartar o tratar ITS y facilitar un aborto en caso de que la mujer lo pida por escrito.
2) Si eres menor de 12 años, requieres que la petición de aborto la haga tu madre, padre o tutor, pero las chicas mayores de esa edad pueden hacerlo por sí mismas.
3) La carta de solicitud de aborto se hace por escrito, bajo protesta de decir la verdad y no es necesario que hagas la denuncia en el Ministerio Público.
4) OJO. Los médicos de los centros de salud sí tienen el derecho a negarse a practicar el aborto, pero el Estado debe asegurarse de que haya otros profesionales que sí puedan atenderte si deseas interrumpir tu embarazo (por causa de una violación). Si el centro de salud al que acudiste no cuenta con personal capacitado no objetor de consciencia, la institución está obligada a referirte a un centro de salud donde puedan atenderte.
¿Cómo surge la NOM 046?
La Norma surge de un caso de 2000, en el que a una niña de 13 años se le obligó a continuar con su embarazo producto de una violación. Ese caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2002 y desde 2006 el país se comprometió a ajustar la NOM que estaba vigente en ese momento para evitar que la situación se repitiera.
En un país donde 8 de cada 10 personas que sufren violencia sexual son mujeres y, de estas, la mitad son menores de 15 años, la NOM 046 representa una esperanza, que no la salvación, para cientos de niñas mexicanas que están siendo agredidas, en su mayoría, por personas cercanas: familiares, amigos, vecinos.
¡Recuerda que el aborto por violación no es un favor, es tú derecho!
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EDT/TIV