Ciudad de México.- El pasado 3 de enero, la Secretaría del Medio Ambiente de la Capital (SEDEMA) publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para el primer semestre de 2023, el cual entrará en vigor el próximo 9 de enero y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2023.
Este Programa de Verificación Vehicular mantiene las condiciones de verificación de emisiones de los automotores y el costo por los servicios de verificación vehicular que presten los Verificentros, para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica), así como del incentivo “00” que se entregue al usuario, es de 5.625 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que equivale a $628.00.
Y el monto de la multa por verificación vehicular extemporánea, por circular emitiendo ostensiblemente humo negro o azul o por no contar con verificación vehicular vigente y/o circular en día u horario restringido es de 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (equivalente a $1924.00).
Las tarifas referidas anteriormente se mantendrán con el monto establecido para el ejercicio fiscal 2022, hasta en tanto entre en vigor la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en 2023, de conformidad con el ajuste que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el Diario Oficial de la Federación y el aviso o Circular que emita la Secretaría.
El calendario de verificación de los vehículos matriculados en la Ciudad de México seguirá aplicándose de acuerdo con el color del engomado de circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación de la unidad:
Cabe hacer mención que para poder llevar a cabo la verificación vehicular correspondiente es necesario no tener adeudos de tenencia e infracciones.
Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la Ciudad de México, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Los vehículos ya matriculados en la Ciudad de México, que realicen cambio de placa, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Cabe mencionar ue el plazo para utilizar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea es de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al pago de ésta, siendo el tiempo que se tiene para poder realizar y aprobar la verificación vehicular del automotor.
El programa incorpora la electromovilidad en vehículos ligeros de la Ciudad de México a través del Programa de Autorregulación Ambiental, para que las empresas que se encuentren interesadas se incorporen al mismo, y obtengan los beneficios de exentar la verificación vehicular obligatoria y de las restricciones a la circulación establecidas por los programas Hoy No Circula y de Contingencias Ambientales Atmosféricas.
Se invita a los propietarios y legales poseedores de automotores matriculados en la Ciudad de México a atender el programa en tiempo y forma; además de evitar solicitar la gestión de verificación a pre – verificadores ya que existe la posibilidad que ellos les entreguen documentos apócrifos.
Es importante recordar que los certificados de verificación contienen un código QR en la parte baja izquierda de los mismos, en donde se muestra información relacionada con el proceso de verificación de la unidad, por ejemplo, placa del vehículo y fecha de verificación, ello da garantía de la legalidad del documento.
El Aviso por el que se da a conocer el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el primer semestre del año 2023 se puede consultar en la página de la Secretaría del Medio Ambiente, en la liga: https://www.sedema.cdmx.gob.mx/storage/app/media/GacetaOficialCDMX/GacetaOficialVerificacionPrimerSemestre2023
EDT.MX/CV